Sistema Inmediato de Información. ¿Cómo lo afrontan las pymes?


Sistema Inmediato de Información. ¿Cómo lo afrontan las pymes?

Cualquier cambio normativo genera siempre expectación entre las organizaciones que deben cumplir con nuevos requerimientos. En el caso del Sistema Inmediato de Información (SII) las pequeñas y medianas empresas, permanecen atentas ya que -a pesar de no tratarse de una nueva obligación, sino de una nueva forma de llevar los Libros de IVA- su entrada en vigor el próximo mes de julio, podría implicar también cambios en sus procesos de gestión.

Madrid 02 de febrero de 2017.-A partir del próximo 1 de julio entrará en vigor el Sistema Inmediato de Información, un nuevo modelo de presentación de los Libros de IVA, impulsado por la AEAT que será la encargada de “construir” los Libros Registro de facturas de las empresas.

Isabel Pomar, directora comercial y de marketing de Datisa se muestra satisfecha con la decisión de la Agencia Tributaria porque considera que la medida “busca la modernización y el impulso de la utilización de los medios electrónicos en la gestión del IVA para obtener una declaración inmediata de las facturas expedidas y recibidas. Con este nuevo modelo, se ganará en transparencia y en agilidad. Es, además, un proceso natural, en el contexto de transformación digital que estamos viviendo”.

Se verán afectados por el nuevo SII todos aquellos sujetos pasivos con obligación de autoliquidar el IVA mensualmente, empresas con facturación superior a 6M€, Grupos de IVA y todas aquellas organizaciones inscritas en el Registro de Devolución Mensual del IVA. Voluntariamente también podrán sumarse al nuevo sistema otros sujetos pasivos, siempre y cuando informen con anterioridad a la AEAT a través del modelo 036 y asuman la obligación de utilizar el nuevo modelo, al menos, durante 1 año natural.


Entre la información a presentar destaca la siguiente:

·        Libro Registro de facturas emitidas: tipo de documento, identificación, descripción de la operación, facturas rectificativas y sustitutivas, facturación por destinatario, inversión del sujeto pasivo, detalle de regímenes especiales, indicación de operaciones exentas y cualquier información trascendente desde el punto de vista tributario, entre otras.

·        Libro de Registro de facturas recibidas: número de recepción, identificación de rectificación registral, descripción de la operación, facturación por destinatario, inversión por sujeto pasivo, adquisición intracomunitaria de bienes, regímenes especiales, cuota tributaria deducible, período de liquidación, fecha contable y número del DUA si se trata de importaciones y cualquier otra información que sea trascendente para la tributación.

Como reconoce Isabel Pomar, el área de Innovación y Desarrollo de Datisa, trabaja para proporcionar siempre la mejor solución posible que permita, por un lado, responder con eficiencia a los nuevos cambios normativos o requerimientos legales y, por otro, normalizar el uso de las herramientas tecnológicas sin que afecte al día a día de la organización.

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