El REBT y el Intrusismo profesional en el sector de las instalaciones eléctricas


El REBT y el Intrusismo profesional en el sector de las instalaciones eléctricas
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Aunque el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT), publicado en el BOE en el año 2002 mediante el Real Decreto 842/2002, define perfectamente las actuaciones de los técnicos en el sector, debido, muchas veces a la falta de control, algunos profesionales de otros sectores realizan instalaciones eléctricas sin la preparación y conocimientos necesarios, hechos que derivan en instalaciones inseguras con el consiguiente (riesgo) peligro para personas y bienes.

La profesión de electricista o instalador electricista autorizado, es una de las profesiones reguladas, ello significa, que para desarrollar la actividad, tanto el instalador como la empresa deben cumplir con los requisitos exigidos por el REBT. El hecho de ser una profesión regulada tiene su razón de ser, se trata de conseguir la máxima seguridad en nuestras viviendas, edificios comerciales, industriales, colegios, guarderías, etc. Pero está a la orden del día, ver como miles de “profesionales” se publicitan en distintos medios, prensa, radio y especialmente en internet con total impunidad, ofreciendo servicios a precios fuera de mercado. Lógicamente esto solo es posible si lo que se anuncia no se corresponde con la realidad y si se indaga un poco más, en la mayoría de los casos son “profesionales” fuera de la ley, comúnmente llamados pistoleros. Es decir ni son profesionales ni cumplen los requisitos mínimos exigidos en el Reglamento. No se trata solo de una reivindicación de los verdaderos profesionales, que también, se trata de la calidad y seguridad de nuestras instalaciones, pues siempre podría jugarse a ver que instalador trabaja peor y que organismo de control autorizado OCA lo permite cerrando los ojos ante verdaderas barbaridades.

Es obligación de las autoridades competentes en materia de seguridad industrial, perseguir estas acciones y velar por el cumplimiento del REBT y la seguridad de los usuarios, potenciando las inspecciones y revisiones de las instalaciones eléctricas, cumpliendo y haciendo cumplir la legislación vigente.

El Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) en sus artículos 18 (Ejecución y puesta en servicio de las instalaciones), 20 (Mantenimiento de las instalaciones) y 22 (Empresa Instaladora Autorizada), especifica con toda claridad que:

“Las instalaciones eléctricas deberán ser realizadas únicamente por empresas instaladoras autorizadas”.

La empresa instaladora habilitada no podrá facilitar, ceder o enajenar certificados de instalación no realizadas por ella misma. El incumplimiento de estas condiciones, conllevará el cese de la actividad de la empresa. Resumiendo esto es muy se trata de que se cumpla y haga cumplir el REBT. Que todos los profesionales jueguen en la misma liga; es decir que dispongan tanto de los recursos humanos y los medios técnicos que marca la biblia del electricista, es decir el REBT.

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