Consejos y recomendaciones para contratar y cobrar del seguro de vida


Consejos y recomendaciones para contratar y cobrar del seguro de vida
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Los problemas legales con la banca no paran de ir a más. Una de las razones es que las cuotas de mercado del sector bancario se han ido concentrando en lo que llevamos de siglo. Antes de 2007, la oferta bancaria era máxima, existiendo una competencia que permitía elegir al usuario entre más de 100 entidades financieras en activo. La situación, a día de hoy, es muy diferente. Entre fusiones y nuevos grupos solamente quedan 3 grandes bancos (Santander, BBVA y CaixaBank).

Esta situación acaba perjudicando a los clientes, a quienes se les presiona para contratar productos añadidos, como el caso de los seguros, alarmas, o incluso planes de pensiones a la hora de poder firmar una hipoteca.

Con los intereses bajos durante años, los bancos han transformado su negocio, y lo han complementado con la comercialización de otros productos, entre ellos, los seguros de vida. El problema en el caso de los bancos, es que apenas se aportan datos ni para ofrecer el más adecuado ni la información completa de las coberturas. A esto se suma el problema añadido en el momento del siniestro ya que en pocas ocasiones se ofrece, desde la entidad bancaria, la gestión y ejecución de dichos contratos tal como lo establece, desde 2020, el artículo 129 del real decreto ley 3/2020.

Para hacerse a una idea de la envergadura, cerca de 21 millones de españoles cuenta con un seguro de vida de los que, cerca de 10 millones según algunos estudios, están vinculados a productos bancarios. De hecho, ya son varias las sentencias en distintas provincias que han condenado a entidades por no ejecutar, por petición de los herederos, el seguro de vida – vinculado a una hipoteca – y seguir pasando las mensualidades.

La importancia de consultar siempre

Ante estas situaciones, en caso de duda o de abuso por parte de estas entidades es más que recomendable consultar con abogados expertos e independientes. Existen servicios de abogados que, incluso por teléfono, funcionan desde finales de los años ochenta y que han resuelto ya más de 15.000 consultas legales.

¿Cuáles son las consultas más habituales? Según los profesionales del servicio, los divorcios y separaciones, despidos, consultas laborales, ERTES o sobre teletrabajo, dudas relacionadas con el sector inmobiliario, las herencias, abusos bancarios, problemas con el seguro, o las consultas sobre tarjetas tipo revolving con intereses abusivos son las más habituales.

Consejos y recomendaciones para contratar y cobrar del seguro de vida

Por norma general, es imprescindible entender el documento en el que aparecen las condiciones, el documento IPID que complementa y resume las condicionados generales. Además, el tomador tiene que ser capaz de anular el seguro, si fuera necesario, ya que le ampara el artículo 83 de la Ley de contrato de seguro, durante los 30 primeros días del seguro de vida, “sin indicación de los motivos y sin penalización alguna”.

Según los abogados,”la mejor opción es la de contratar el seguro de vida fuera del banco, para poder negociar, leer y entender las posibles exclusiones. Los operadores de banca-seguros suelen limitarse a la venta, pero la tramitación y asesoramiento durante los siniestros, en realidad, forma parte de la actividad de distribución de seguros y de ahí que no den asistencia

Otro consejo, en el caso de los seguros de vida, sería dejar designados a los beneficiarios, y, a poder ser, con un testamento ante notario, que no contradiga la póliza para evitar incongruencias en la designación de los herederos, quienes tampoco llegado el momento pueden olvidarse de las implicaciones fiscales, posibles deducciones, etc.

¿Cómo reclamar el seguro?

Sean de capital elevado o no, es necesario en la mayoría de los casos ponerse en manos de abogados especializados e independientes.

Casi siempre son los familiares del fallecido quienes ven las complicaciones para conocer o conseguir las condiciones de la póliza suscrita años antes por la persona fallecida. Cuando se consigue el Certificado de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento que se consigue gracias al Registro que dependen del Ministerio de Justicia, se obtiene una relación de los contratos existentes, pero no los condiciones generales ni particulares, que es lo que realmente interesa a los posibles herederos para poder salir de dudas o para poder cobrar si fuera el caso” explican.

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