Reclame la plusvalía pagada de más si al vender su casa o propiedad, perdió dinero.


Reclame la plusvalía pagada de más si al  vender su casa o propiedad, perdió dinero.

La Asociación de Abogados Urbanistas informa no habrá que pagar Plusvalía si tras vender la propiedad no hay beneficios en la venta, por lo que puede recuperar el dinero pagado de más.

Así se pronuncia la Abogada  María de los Reyes Rueda Serrano en nombre de la Asociación Española de Abogados Urbanistas tras conocer que el Tribunal Constitucional  ha dictado una sentencia que obligará a los Ayuntamientos a anular o reformar el impuesto municipal sobre las plusvalías de los terrenos de naturaleza urbana  que se produce cuando se vende una vivienda.

Maria de los Reyes Rueda añade: el Tribunal se pronuncia sobre una cuestión de inconstitucionalidad presentada por el juzgado de lo contencioso administrativo de San Sebastián sobre el impuesto de plusvalía del Ayuntamiento de Irún.

La sentencia considera nulo parcialmente el impuesto porque en su opinión “carece de toda justificación razonable” el hecho de que deba pagarse el impuesto aunque el valor de los terrenos no se haya incrementado, o incluso cuando estos hayan perdido valor, una circunstancia frecuente en los últimos años como consecuencia de la crisis. El tributo no debe aplicarse cuando el titular de la vivienda la venda a un precio inferior al que pagó por ella.

Este impuestos, junto con el  IBI se calcula en función del valor catastral de los inmuebles y de los años durante los que el propietario ha sido titular.

La sentencia del Constitucional se refiere al impuesto de plusvalías del Ayuntamiento de Irún, afectado por las normas forales de Guipuzcoa por lo que la traslación directa al resto de municipios españoles no es directa. Pero como el Constitucional tiene otras cuestiones similares pendientes de ámbito estatal, se espera que se pronuncie en el mismo sentido.

La decisión del Constitucional se suma a las que han dictado otros tribunales superiores de justicia sobre el asunto. Estos tribunales consideraban que no era correcto practicar liquidaciones cuando se vendía un inmueble por debajo del precio del que se compró o con un beneficio escaso después de muchos años, algo frecuente en los últimos años por la crisis.

La sentencia advierte que “en ningún caso podrá el legislador establecer un tributo tomando en consideración actos o hechos que no sean exponentes de una riqueza real o potencial”. Es decir, no podrá crear impuestos que afecten a “aquellos supuestos en los que la capacidad económica gravada por el tributo sea, no ya potencial, sino inexistente, virtual o ficticia”.

La sentencia concluye que el impuesto analizado, correspondiente al Ayuntamiento de Irún, establece una ficción de incremento de valor que, además, impide al particular toda prueba en contrario. Y explica: Es así porque el aumento del valor del suelo se determina mediante la aplicación automática de los coeficientes previstos en la norma al valor catastral del suelo en el momento de la transmisión, según explica la nota difundida por el Constitucional.

La Asociación Española de Abogados Urbanistas está estudiando la sentencia del Constitucional, y quiere dejar claro que el legislador debe llevar a cabo las modificaciones o adaptaciones del régimen legal del impuesto que permitan no someter a tributación las situaciones de inexistencia de incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana”.

A la vista de dicha sentencia los Abogados de la Asociación Española de Abogados Urbanistas, a través de su portavoz, la abogada  María de los Reyes Rueda Serrano informa que aquellos perjudicados que se encuentren en esa situación pueden reclamar la plusvalía pagada de más, debiendo asesorarse por profesionales para actuar y recuperar lo abonado en exceso.

Para mas información contacte con la Asociación tf: 91 5933243 y consultar web: www.aeaurbanistas.es  

María de los Reyes Rueda Serrano es Abogada experta en  Derecho Civil, Derecho Urbanístico e Inmobiliario y Derecho Administrativo. Trabaja en el  Despacho AAFIL ABOGADOS y es Secretaria General de la Asociación Española de Abogados Urbanistas.

ASOCIACION ESPAÑOLA DE ABOGADOS URBANISTAS

C/ Rodriguez San Pedro 13 Bis. 28015 Madrid

Tf 91 5933243

 

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