El renting resiste el golpe del coronavirus y además crece


El renting resiste el golpe del coronavirus y además crece
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Hace ya varios años que el renting de vehículos se puso de moda en el país como una alternativa a la clásica compra de un vehículo. De hecho y, pese a la pandemia sufrida, durante el primer semestre de 2020 el renting creció un 3,95%.

Sin embargo, son muchas las dudas que surgen en torno al renting de vehículos, algo que inicialmente era empleado en exclusiva por las empresas y autónomos del país y que ahora se presenta como una alternativa factible para muchos particulares.

Tal y como comentan desde Baysan, empresa con más de 30 años de experiencia en el sector del renting y alquiler de vehículos, “una de las dudas más comunes que nos plantean los particulares es si resulta más rentable el renting o la adquisición de un vehículo nuevo. La respuesta para los que llevamos años trabajando en esto está clara, el renting resulta más rentable”.

Pero, ¿cuáles son realmente todas las ventajas que ofrece el renting?

La primera de las ventajas es el ahorro de tiempo que proporciona el no tener que estar pendiente de la contratación de un seguro y de su pago, asimismo, las revisiones mecánicas y las averías se llevarán a cabo sin coste adicional. En algunos casos, incluso se incluye el cambio de neumáticos. Por supuesto, en caso de avería o accidente se dispondrá de vehículo de sustitución.

Otra de las ventajas del renting es que al finalizar el período indicado en el contrato, se puede proceder a su renovación, quedarse con él abonando el valor restante o devolver el vehículo, quedando de esta forma libre de toda carga, aunque también sin disponer de un vehículo para poder desplazarse.

El hecho de que empresas, sociedades mercantiles, profesionales y autónomos opten por el renting se debe fundamentalmente a las ventajas fiscales que presenta para ellos. En el caso de empresas y sociedades mercantiles pueden deducir el 100% del importe de las cuotas mensuales en el impuesto de sociedades. Por su parte, los profesionales y autónomos pueden deducir el importe de las cuotas en el régimen de estimación directa del IRPF, siempre que demuestren, claro está, que se trata de un gasto generado por su trabajo. Las empresas con autónomos pueden deducir el 100% del IVA si el vehículo se dedica íntegramente a uso empresarial, o el 50% si se combina con el uso particular, contabilizándose el 50% restante como gasto de alquiler.

El renting es, a día de hoy, la mejor de las opciones tanto para particulares como para empresas, pymes y autónomos.

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